Proyecto de ley

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Es Proyecto de Ley toda propuesta que debe tramitar bajo el procedimiento establecido en la Constitución Nacional para la Formación y sanción de las leyes (Art. 77 a 84 C.N.).

Para llegar a ser ley, los proyectos deben ser analizados y aprobados por las dos cámaras y por el Poder Ejecutivo.

La Iniciativa legislativa, es decir la facultad de presentar proyectos de ley, corresponde a los diputados, senadores y al presidente de la Nación. La última Reforma de la Constitución de 1994 incorporó también el derecho de Iniciativa legislativa popular, que permite a los ciudadanos presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados.

Fuente

Glosario de la Cámara de Diputados [1]