División de poderes
La división de poderes es una forma de estructura organizativa de los estados basada en el reparto de los poderes de decisión y control en tres ámbitos: el legislativo, el ejecutivo y el judicial.
Lo que se busca con la división de poderes es que haya un control de unos sobre otros y un sistema de contrapesos entre los funcionarios, para evitar abusos.
Los Tres Poderes
El sistema democrático argentino reconoce tres poderes fundamentales: el ejecutivo, el legislativo y el judicial: Poder Ejecutivo: El art. 87 dispone que éste poder sea desempeñado por un ciudadano con el título de “Presidente de la Nación” (es unipersonal).
El Presidente es elegido para un período de cuatro años a través del voto popular directo, y en doble vuelta (en caso de no obtener más del cuarenta y cinco de los votos afirmativos). También tiene la posibilidad de ser reelecto por un sólo período consecutivo. Lo acompañan el Vicepresidente, elegido por el mismo período y con misma modalidad del Presidente. El jefe de Gabinete de Ministros y ministros.
Poder Legislativo: A cargo del Congreso de la Nación compuesto por dos cámaras, una de Diputados de la Nación y otra de Senadores de las Provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.
La Presidencia del Senado es ejercida por el Vicepresidente de la Nación, que no tiene voto, salvo en caso de empate. Es parte integrante aunque haya sido elegido constituyendo la fórmula presidencial.
La Cámara de Senadores está compuesta de tres senadores por provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires, elegidos en forma directa y conjunta por seisLa años, renovable por tercios cada dos años, correspondiendo dos bancas al partido político con la mayoría de votos y la restante al partido que le siga. Ir al sitio
La Cámara de Diputados está formada por 257 miembros elegidos en forma directa por cuatro años y reelegibles, renovables por mitad cada bienio.
Poder Judicial: Corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación Argentina y los tribunales inferiores, que se encargan de administrar justicia.
La Corte Suprema de Justicia está compuesta jueces nombrados por el Presidente con el acuerdo del Senado.
El Consejo de la Magistratura administra el Poder Judicial y tiene a su cargo la selección mediante concurso público de los magistrados de los tribunales inferiores.
El Ministerio Público es un organismo independiente con autonomía funcional y financiera para a la promoción de la actuación de la justicia en defensa de los intereses de la colectividad, estando integrado por un Procurador General y un Defensor General de la Nación.
Como la Constitución Nacional establece expresamente las funciones de cada poder, esto es lo que se denomina división de poderes.