Defensa de la Constitución y la democracia

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La Reforma de la Constitución argentina de 1994 creó un capítulo nuevo en la primera parte, titulado "Nuevos derechos y garantías constitucionales", donde se introdujeron siete artículos nuevos (arts. 36 a 43).

El Artículo 36 Criminaliza los golpes de Estado, establece que sus actos son "insanablemente nulos", reconoce el "derecho de resistencia" contra los gobiernos surgidos de golpes de Estado y asimila los delitos de corrupción en perjuicio del Estado (art. 36).

Esta Constitución está vigente siempre.

Está vigente, aunque se intente no respetarla con actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. (Ver Democracia

Esos actos son nulos. (Ver Nulidad)

Los autores de esos actos de fuerza:

• Son traidores a la patria (Ver Traición a la patria)

• Son inhabilitados para ocupar cargos públicos

• No pueden recibir el Indulto o la Conmutación de penas.

Sufren esas mismas sanciones las personas que ocupen los cargos usurpados a las autoridades constitucionales nacionales o provinciales. Serán juzgados civil y penalmente.

Esas acciones son imprescriptibles. (Ver Imprescriptible)

Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra los autores de esos actos de fuerza.

La persona que comete un delito doloso de enriquecimiento contra el Estado atenta también contra el sistema democrático. Y es inhabilitada para ocupar cargos públicos.

El Congreso dicta la Ley de ética pública.