Derechos de los extranjeros

De WIKI Derecho Fácil
Revisión del 16:11 10 jun 2020 de Elizabeth Orlando (discusión | contribuciones) (Página creada con «La Constitución Nacional en su artículo 20 protege a los extranjeros que viven en nuestro país. Los extranjeros en nuestro país tienen los derechos civiles de los...»)
(dif) ← Revisión anterior | Revisión actual (dif) | Revisión siguiente → (dif)
Saltar a: navegación, buscar

La Constitución Nacional en su artículo 20 protege a los extranjeros que viven en nuestro país.

Los extranjeros en nuestro país tienen los derechos civiles de los ciudadanos. Pueden:

• ejercer su industria, comercio y profesión

• tener propiedades

• navegar los ríos y costas

• practicar su religión

• escribir un testamento

• casarse

No están obligados a admitir la ciudadanía.

No están obligados a pagar impuestos extraordinarios.

La nacionalización se obtiene viviendo 2 años continuos en la Nación. La autoridad puede acortar este plazo si la persona prestó servicios a la República.