Diferencia entre revisiones de «Derecho de asociación»

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La [[Constitución Nacional]] en su artículo 14 entre los derechos de los habitantes, establece el derecho de asociación o libertad de asociación.
 
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Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión.
 
Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión.
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Una asociación es un grupo de personas que se junta para hacer cosas buenas y útiles.
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El artículo Artículo 20 de la [[Declaración Universal de Derechos Humanos]] dice que tenemos derecho a juntarnos con otras personas.
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Tenemos derecho a participar de una asociación.
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Nadie puede obligarnos a participar de una asociación.
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Constitución Nacional
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Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil [https://www.argentina.gob.ar/justicia/lecturafacil/declaracion-universal-de-los-derechos-humanos-en-lectura-facil]
  
 
[[Categoría: Constitucional]]
 
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[[Categoría: Derechos Humanos]]

Revisión actual del 17:50 14 dic 2020

La Constitución Nacional en su artículo 14 entre los derechos de los habitantes, establece el derecho de asociación o libertad de asociación. Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión.

Una asociación es un grupo de personas que se junta para hacer cosas buenas y útiles.

El artículo Artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice que tenemos derecho a juntarnos con otras personas. Tenemos derecho a participar de una asociación. Nadie puede obligarnos a participar de una asociación.


Fuente

Constitución Nacional

Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil [1]