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Dejación expresa o tácita que se hace de una cosa por el dueño de la misma. Son requisitos indispensables: a) que sea voluntario; b) que se realice por quien tenga capacidad para disponer de la cosa a título gratuito.

En el ámbito legal es la renuncia o pérdida voluntaria de los derechos de propiedad sobre un bien inmueble por parte de su propietario.

Fuente

Legislatura de la provincia de La Rioja.

Fuente 2

Derecho fácil - Saij

Referencia

Diccionario Jurídico Elemental [[1]]