Expropiación
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La Constitución Nacional en su artículo 17 al tratar el Derecho de propiedad dice que la expropiación por utilidad pública, debe estar dispuesta por ley y con pago de una indemnización.
La expropiación está regulada en la ley 21.499 de Expropiaciones. La expropiación ocurre cuando el estado toma la decisión de quedarse con la propiedad de un ciudadano. Para ello primero debe establecerse la utilidad pública. Y debe pagarse al ciudadano expropiado una indemnización.
La ley dice que la utilidad pública que debe servir de fundamento legal a la expropiación, comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual.
Fuentes
Ley 21.499 [1]