Diferencia entre revisiones de «Mutuante»

De WIKI Derecho Fácil
Saltar a: navegación, buscar
(Página creada con «Persona que da alguna cosa mediante contrato de mutuo. también conocido como préstamo de uso.»)
 
 
(No se muestran 2 ediciones intermedias de 2 usuarios)
Línea 1: Línea 1:
 
Persona que da alguna cosa mediante contrato de mutuo. también conocido como préstamo de uso.
 
Persona que da alguna cosa mediante contrato de mutuo. también conocido como préstamo de uso.
 +
 +
==Referencias==
 +
"Glosario  Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
 +
 +
" El término "mutuante" se refiere a la parte que realiza la acción de prestar algo en un contrato de mutuo. En el contexto legal y financiero, un contrato de mutuo es un acuerdo en el cual una parte (el mutuante) entrega temporalmente ciertos bienes, generalmente dinero, a otra parte (el mutuario), quien se compromete a devolver la misma cantidad de bienes en una fecha futura, junto con un interés o algún tipo de compensación acordada.
 +
 +
Por lo tanto, el mutuante es el prestamista, la persona o entidad que proporciona el préstamo o la suma de dinero al mutuario. El mutuario, por otro lado, es quien recibe el préstamo y se compromete a devolverlo según los términos acordados en el contrato." (Fuente 2)
 +
 +
 +
==Fuentes==
 +
Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
 +
 +
==Fuente 2==
 +
Derecho Fácil - SAIJ
 +
 +
 +
[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 15:31 29 abr 2024

Persona que da alguna cosa mediante contrato de mutuo. también conocido como préstamo de uso.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

" El término "mutuante" se refiere a la parte que realiza la acción de prestar algo en un contrato de mutuo. En el contexto legal y financiero, un contrato de mutuo es un acuerdo en el cual una parte (el mutuante) entrega temporalmente ciertos bienes, generalmente dinero, a otra parte (el mutuario), quien se compromete a devolver la misma cantidad de bienes en una fecha futura, junto con un interés o algún tipo de compensación acordada.

Por lo tanto, el mutuante es el prestamista, la persona o entidad que proporciona el préstamo o la suma de dinero al mutuario. El mutuario, por otro lado, es quien recibe el préstamo y se compromete a devolverlo según los términos acordados en el contrato." (Fuente 2)


Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]

Fuente 2

Derecho Fácil - SAIJ