Diferencia entre revisiones de «Partición»
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Revisión del 12:50 17 mar 2021
La partición es la que divide los bienes de la herencia.
Los herederos pueden acordar la partición de la herencia.
En algunos casos el juez debe hacer la partición, cuando:
- Hay herederos incapaces o ausentes.
- No hay acuerdo entre los herederos.
El Código Civil y Comercial de la Nación, desde su artículo 2363, regula la partición de la herencia.[1]