Partición

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La partición es la que divide los bienes de la herencia.

Los herederos pueden acordar la partición de la herencia.

En algunos casos el juez debe hacer la partición, cuando:

  • Hay herederos incapaces o ausentes.
  • No hay acuerdo entre los herederos.

El Código Civil y Comercial de la Nación, desde su artículo 2363, regula la partición de la herencia.[1]

Referencias

Fuentes

Derecho fácil [1]
  1. Ley 26.994 - Código Civil y Comercial de la Nación[2]