Diferencia entre revisiones de «Derecho de asociación»
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Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión. | Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión. | ||
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Revisión actual del 17:50 14 dic 2020
La Constitución Nacional en su artículo 14 entre los derechos de los habitantes, establece el derecho de asociación o libertad de asociación. Es el derecho que tiene toda persona a formar grupos, asociaciones como clubes, o sociedades para trabajar. Todo con fines lícitos. Está íntimamente vinculado al derecho de reunión.
Una asociación es un grupo de personas que se junta para hacer cosas buenas y útiles.
El artículo Artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice que tenemos derecho a juntarnos con otras personas. Tenemos derecho a participar de una asociación. Nadie puede obligarnos a participar de una asociación.
Fuente
Constitución Nacional
Declaración Universal de los Derechos Humanos en lectura fácil [1]