Pueblos indígenas

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El artículo 75 inc.17 de la CN establece como una de las facultades del poder legislativo: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos.

Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.

Reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que ocupan.

Regular la entrega de otras tierras aptas para el desarrollo humano. Esas tierras no pueden venderse, transmitirse, ni se le aplican impuestos o embargos.

Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.


La Ley 23.302 garantiza los derechos a la tierra, a la educación, a la salud y a la participación de las comunidades indígenas.

Esta ley fue declarada de interés nacional. Eso significa que es tan importante que pretende el compromiso de todas las provincias de la República Argentina para que se puedan lograr sus fines.

Los pueblos o comunidades indígenas son los conjuntos de familias descendientes de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización.

Derechos Indígenas:

  • Derecho a la tierra y territorio.
  • Respeto a su identidad cultural.
  • Respeto por sus valores, prácticas e instituciones
  • Educación Intercultural Bilingüe
  • Acceso a la Justicia
  • Desarrollo con identidad
  • Consulta previa y participación
  • Respeto a sus saberes y conocimientos ancestrales
  • Comunicación con identidad
  • No discriminación
  • Salud intercultural


El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) es el organismo encargado de asegurar que las comunidades indígenas sean consultadas en todos los asuntos que se relacionan con ellos.

Fuente

Derecho Fácil [1] INAI [2]