Ministerio pupilar

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La institución de Derecho Público que vela por los menores y sus derechos, así como por otras categorías en principio sin eficaz amparo jurídico.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.


"El Ministerio Pupilar es un organismo del Estado que interviene en forma gratuita en la protección de los derechos de los menores de edad y de las personas afectadas en su salud mental, en procesos extrajudiciales como judiciales.


En muchos sistemas legales, los menores de edad o aquellos que son considerados incapaces de representarse a sí mismos legalmente pueden requerir la designación de un tutor legal o un representante legal, y este rol puede ser conocido como ministerio pupilar.

El ministerio pupilar tiene la responsabilidad de salvaguardar los derechos y el bienestar de los niños y adolescentes, garantizando que se cumplan sus necesidades y que se respeten sus derechos." (Fuente 2)


Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]

Fuente 2

Derecho Fácil - SAIJ