Ley de electrodependientes

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La ley garantiza el suministro permanente y gratuito de energía eléctrica a las personas electrodependientes (Ley 27.351)

Electrodependientes por cuestiones de salud son las personas que necesitan suministro de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para el funcionamiento de su equipamiento médico para evitar riesgos en su vida o su salud.

El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente tiene garantizado el servicio eléctrico en forma permanente en su domicilio.

El medidor de dicho domicilio debe estar debidamente identificado.

El servicio eléctrico para los electrodependientes es gratuito. El beneficio consiste en el reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio de energía eléctrica.

También esta eximido del pago de los derechos de conexión.

El titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente puede pedir un grupo electrógeno a la empresa de energía.

La empresa distribuidora de energía debe entregar el grupo electrógeno en forma gratuita y debe cubrir los costos de funcionamiento.

La empresa distribuidora debe habilitar una línea telefónica gratuita para la atención de los usuarios electrodependientes disponible las 24 horas, incluyendo días inhábiles.

Existe el Registro de Electrodependientes por cuestiones de salud (RECS) que depende del Ministerio de Salud.

Sin embargo, esta ley no invalida los registros especiales para electrodependientes creados por las autoridades o por empresas distribuidoras locales que se hayan constituido hasta la fecha de sanción de la esta ley.

Las Personas Usuarias Electrodependientes pueden inscribirse en la base de datos del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) para solicitar financiamiento con el fin de adecuar las instalaciones eléctricas domiciliarias y conectarse a la Fuente Alternativa de Energía (FAE) en condiciones de seguridad eléctrica.

Fuente

Ley Simple [1]