Juicio contencioso administrativo

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Aquel en que uno de los litigantes es la administración pública (el Estado, una provincia, municipio o corporación similar) y él otro un particular o una autoridad que reclama contralas resoluciones definitivas de aquélla -en otro caso, hay que agotar previamente la llamada vía gubernativa o jerárquica-, que causan estado, dictadas en uso de sus facultades regladas -las discrecionales no son impugnables, salvo manifiesto abuso de poder- y que vulneran un derecho o un interés de carácter administrativo, establecido o fundado en ley, decreto, reglamento u otra disposición preexistente.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]