Gastos causídicos

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Llamados también gustos judiciales y gastos procesales, están representados por las cantidades que han de abonar los litigantes en el curso del proceso, desde su iniciación hasta su terminación. Constituyen las costas y costos del juicio. Entre esos gastos figuran el sellado de actuación, los honorarios de abogado. También los honorarios de los peritos. Únicamente cabe liberarse de los gastos causídicos mediante la obtención del beneficio de litigar sin gastos, llamado también en algunas legislaciones declaración o beneficio de pobreza.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]