Comentarios sobre Imputabilidad
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Capacidad para responder; aptitud para serle atribuida a una persona una acción u omisión que constituye delito o falta. | La relación de causalidad moral entre el agente y el hecho punible.
se le puede aplicar una sanción penal condicionada por la madurez y salud mental
Creo que está bien así, cuanto más simple mejor.
Me parece excelente ya que es una herramienta para clarificar conceptos jurídicos a personas que no pertenecen al ámbito jurídico, y nos ayuda a los profesionales para poder transmitir a nuestros clientes de manera màs sencilla.
algunas citas de autores de obras de derecho penal,pr ej.Soler,Nuñez,Jimenez de Asua,atc.
se podria agregar la etimologia de la palabra y un concepto mas completo
Buena iniciativa, creo es muy aceptable la facilidad con la que se está acercando a la gente , esta oportunidad de conocer como funciona el sistema jurídico Argentino. Gracias a todos los que colaboran en esta nueva iniciativa..
Debería ser un poquito más extenso. Con algún ejemplo.
Imputabilidad es la capacidad del sujeto para ser sometido a un proceso penal
Habría que diferenciar imputabilidad de atribuir o atribución, que según Fontán Balestra es el elemento anterior a la imputabilidad, entre los elementos del delito.
podrian hacer un diccionario juridico actualizado, asi nos desasnamos juridicamente
quiero explicar interprete de lengua de señas para mejorando en www web pagina de justicia
Tendrían que revisar las definiciones, ninguna de las que publicaron se corresponde técnicamente con la de imputabilidad, lo cual lleva a errar al tratar de darles uso
mostrado en algún ejemplo seria tambien valioso
Atribución de responsabilidad me parece una definición mas sencilla y abarcativa de imputablilidad
podrian agregarse definiciones de autores prestigiosos y ejemplos
Wiquipedia nos ofrece una definición facil y sencilla, mas específica que cito a continuación Imputabilidad es la capacidad del ser humano para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes y para adecuar su actuación a esa...Wiquipedia nos ofrece una definición facil y sencilla, mas específica que cito a continuación Imputabilidad es la capacidad del ser humano para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes y para adecuar su actuación a esa comprensión. Significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad. Es un concepto jurídico de base psicológica del que dependen los conceptos de responsabilidad y culpabilidad. Quien carece de estas capacidades, bien por no tener la madurez suficiente (menores de edad), bien por sufrir graves alteraciones psíquicas (enajenados mentales), no puede ser declarado culpable ni puede ser responsable penalmente de sus actos. Se entiende todo lo contrario a la inimputabilidad. Ya que es inimputable quien actúa sin voluntad y conciencia, es decir no tiene la capacidad de entender y querer al momento de cometer el acto punible.Más
Persona a la que se le puede imponer alguno de los delitos tipificados y que están incluidos en el Código Penal
Seria bueno publicar su antonimo y en que contexto se utiliza
ME PARECE MUY ÚTIL. Sugiero agregar los significados de las palabras usadas en los distintos fueros
Sería bueno contar con la participación de juristas que escriban en el sitio. Atte.. PJM
Buen día, me parece que las definiciones de palabras y demás contenidos de esta página deberían indicar la fuente de la cual han sido extraídas.
Un ejemplo suele aclararlo todo. Creo que falta un ejemplo de imputación.
imputable significa que a una persona se le puede imputar la comisión de un hecho delictivo
Conceptualizar en el llano, las construcciones dogmáticas de los plenarios y considerando de las distintas salas y fallos.
ESTA PAGINA NECESITA SER DIFUNDIDA PORQUE SERA DE MUCHA UTILIDAD.
muy buena la informacion, estaria bueno saber la orientación del interprete de la ley, saber quien nos cuenta como funciona o a partir de que doctrina/corriente o principio. si bien es una pagina oficial, me gusta el tema: fuentes!
Que las consignas para efectuar las definiciones sean elaboradas no sólo con operadores del Derecho sino también con docentes del área de lengua.
Le agregaría la expresión en latín
importante y útil recibir esta información. Un poco más amplia mejor.
Se puede agregar limk adjunto con un fallo complementario o doctirna complementaria. gracias
Citar las fuentes de la información
Sugerencias: 1- Conceptos esenciales de la Doctrina Jurídica. Siguiendo la misma estructura que se tiene para los comentarios o explicaciones del Cod. Penal pero aplicado a la Doctrina. 2- uniformar los nombres de los archivos para bajar los mi...Sugerencias: 1- Conceptos esenciales de la Doctrina Jurídica. Siguiendo la misma estructura que se tiene para los comentarios o explicaciones del Cod. Penal pero aplicado a la Doctrina. 2- uniformar los nombres de los archivos para bajar los mismos. Todos los artículos comentados del Cod. Penal deben comenzar igual. De esta forma al bajar varios artículos se ordenan solos . Ej Cód. Penal - Imputabilidad - Derecho fácil y así sucesivamente. 3 - alternar comentarios con otros códigos. De lo contrario los lectores se cansan y dejan de leer y guardar la página. 4- aporte de peritos para definir conceptos básicos o útiles. 5- con estos artículos ir sentando las bases de un Diccionario de Derecho Fácil y de la futura Enciclopedia Jurídica Argentina. No hay obras reñativamente modernas en este aspecto...pues todo lo coocido tiene 30 o más años. Felicito por la iniciativa . Dr. Carlos M. Blejer cmblejer@gmail.comMás
Me gustaría que se hable de otras leyes de protección de derechos gracias
Creo que sería útil citar la fuente de la definicion por ej. CODIGO PENAL, ART. 34, o por ej. TRATADO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL, comentado , PEYRANO, Walter.2da. edicion, etc. De esta forma si alguien quiere ampliar la información, se le esta...Creo que sería útil citar la fuente de la definicion por ej. CODIGO PENAL, ART. 34, o por ej. TRATADO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL, comentado , PEYRANO, Walter.2da. edicion, etc. De esta forma si alguien quiere ampliar la información, se le esta dando la posibilidad de saber donde buscar. Espero les sea de utilidad mi opinion. SaludosMás
Tal véz sería tambien interesante darle al lector la posibilidad de seleccionar si quiere la definición sencilla o una mas técnica. O sea, una básica para entender la definición en lenguaje llano y otra, que sin alcanzar a una definición de...Tal véz sería tambien interesante darle al lector la posibilidad de seleccionar si quiere la definición sencilla o una mas técnica. O sea, una básica para entender la definición en lenguaje llano y otra, que sin alcanzar a una definición de enciclopedia o investigación, sea un poco mas técnica o compleja para el caso de que lector quiera profundizar un poco mas sobre dicha definición, o la posibilidad de lo derive a un link que profundice mas sobre el tema.Más
Que sea un app tambien!
Podria llegar a ser un poquito mas tecnico
Con el nuevo sistema penal el imputable es el responsable de la conducta tipificada como delito. Me da mucho gusto que me compartan conocimientos tan importantes y necesarios, cabo de leer la TIPICIDAD, es un libro muy antiguo aquí en México, c...Con el nuevo sistema penal el imputable es el responsable de la conducta tipificada como delito. Me da mucho gusto que me compartan conocimientos tan importantes y necesarios, cabo de leer la TIPICIDAD, es un libro muy antiguo aquí en México, cuando había estudios del derecho que ahora ya somos muy escasos. Aquí el sistema penal acusatorio ya no funciono, se contamino mucho con la tan acostumbrada corrupción desde la instalación de la" salas" por los equipos electrónicos hasta el nombramiento de los juzgadores.Más
ampliaría el concepto. Imputabilidad representa cualidad de lo que es imputable.Capacidad humana de comprender la conducta y acciones ejecutadas y las consecuencias del obrar, bajo libertad, discernimiento y voluntad.Conducta que si lesiona los i...ampliaría el concepto. Imputabilidad representa cualidad de lo que es imputable.Capacidad humana de comprender la conducta y acciones ejecutadas y las consecuencias del obrar, bajo libertad, discernimiento y voluntad.Conducta que si lesiona los intereses de otras otras personas, violenta el contrato social implícito, se transforma en antijurídica punible o no según su gravedad y antisocial. Fuente; elaboración propia en base a: Mir Puig, S.: Derecho Penal: Parte General. 8ª edición. Barcelona: Reppertor, 2008. Quintero Olivares, G. et al.: Esquemas de teoría jurídica del delito y de la pena. 2ª Edición. Valencia: tirant lo bllanch, 2000Más
considerar el origen etimològico
Alguna bibliografía relativa a la consulta.
Imputable apunta al reproche penal. La sanción puede ser aplicable o no, la imputabilidad es el conjunto de condiciones que hace que a persona pueda ser plausible de ser reprochada judicialmente en sede penal sobre un determinado hecho por su acc...Imputable apunta al reproche penal. La sanción puede ser aplicable o no, la imputabilidad es el conjunto de condiciones que hace que a persona pueda ser plausible de ser reprochada judicialmente en sede penal sobre un determinado hecho por su acción, omisión o inacción.Más
Seria grafico acompañar las definiciones con una imagen que represente los significados
Enviar todos los dias una palabra del vocabulario juridico con su significado.
seria bueno citar mas fuentes
Deberían citar fuentes de doctrinarios conocidos. Podrían agregarse ejemplos.
No debe desconocer cualquier definición que "imputabilidad" es la capacidad, condicionada por la edad, el estado mental y la falta de profundas alteraciones de conciencia,para ser culpable y por tanto acreedor a una pena
A 10.2.3.7 le pareció útil
16:18 19 may 2017 | Detalles