Divorcio

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Divorcio es la disolución legal del vínculo matrimonial.

Para empezar tu divorcio, no tenés que invocar una causa ni esperar plazos. El cónyuge que queda desprotegido económicamente tiene derecho a una compensación.

Requisitos para el divorcio ¿Qué tengo que hacer si quiero divorciarme? Presentarte ante el juez pidiendo el divorcio.

¿Es necesario que haya una causa que justifique mi pedido de divorcio? No. Antes se exigía una causa para justificar el pedido: adulterio, injurias, abandono, etc. Hoy no es necesario: podés divorciarte porque querés hacerlo y punto.

Para pedir el divorcio, ¿es necesario esperar un tiempo desde la celebración del matrimonio? No, podés divorciarte en cualquier momento. No hay que esperar que pase un tiempo de casados.

¿Tengo que cumplir con algún requisito? Sí. Con el pedido de divorcio tenés que acompañar una propuesta que indique quién se queda viviendo en la casa, cómo se distribuirá el tiempo con los hijos, lo relacionado con la cuota alimentaria, etc.

Propuesta ¿Qué es la propuesta reguladora del divorcio? Es el conjunto de medidas que proponen los cónyuges para hacer frente a las consecuencias del divorcio. Pueden presentar una propuesta juntos o presentar cada uno su propuesta por separado.

¿Qué cuestiones debe incluir la propuesta reguladora del divorcio? Tiene que contener soluciones para:

   *La vivienda.
   *La distribución de los bienes.
   *Los alimentos para los hijos.
   *El cuidado personal de los hijos (antes se hablaba de "la tenencia").
   *El régimen de comunicación (antes conocido como "régimen de visitas").
   *Las posibles compensaciones económicas entre los cónyuges.

¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo con la propuesta para regular el divorcio? El desacuerdo sobre la propuesta reguladora no suspende la sentencia de divorcio. En todo caso, las partes seguirán discutiendo después las consecuencias de la disolución del vínculo.


Compensación económica ¿Qué es la compensación económica?

   Es una suma de dinero o equivalente que le corresponde al cónyuge que sufre un desequilibrio económico como consecuencia del divorcio.
   Puede ser un pago único o una renta.
   Puede pagarse con dinero, con el usufructo de algunos bienes o de cualquier otro modo.

¿Siempre corresponde una compensación económica? No. Para que te corresponda la compensación económica tenés que probar que sufriste un desequilibrio económico a causa del divorcio.

¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo sobre la compensación económica? La fija el juez. Para ello, tiene en cuenta, entre otras cosas:

   *El patrimonio de los cónyuges cuando se casaron y el patrimonio que tenían al momento de pedir el divorcio.
   *Dedicación de cada uno a la familia, crianza y educación de los hijos.
   *Edad y estado de salud de los cónyuges y de los hijos.
   *Capacidad laboral y posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que pide la compensación.

¿Hay un plazo para pedir la compensación económica? Sí, tenés que pedirla antes de que pasen 6 meses de la fecha en que se dictó la sentencia de divorcio.


Divorcio unilateral ¿Puedo divorciarme aunque mi pareja no quiera? Sí. Siempre que presentes la propuesta para regular los efectos del divorcio.

¿Qué puede hacer mi pareja si no quiere divorciarse? No puede oponerse al divorcio, pero puede presentar una propuesta que regule los efectos del divorcio distinta a la tuya.


Divorcio conjunto ¿Podemos divorciarnos los dos de común acuerdo? Sí, los dos pueden presentarse ante el juez para pedir el divorcio. Tienen que presentar la propuesta reguladora de los efectos del divorcio.


Fuente

Ley Simple [1]


Referencias

Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994, artículos 436 y siguientes [2]

Nos divorciamos – Justicia Cerca [3]