Consejo de la Magistratura

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El Consejo de la Magistratura es el órgano que selecciona los magistrados y administra el Poder Judicial. Está establecido en el artículo 114 de la C.N.

El Consejo de la Magistratura está regulado por ley sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. (Ley 24.937 Texto Ordenado por Decreto N° 816/1999 y posteriores modificaciones). [1]

El Consejo está formado buscando el equilibrio entre representantes de:

  • los órganos políticos resultantes de la elección popular
  • los jueces de todas las instancias
  • los abogados de la matrícula federal.
  • el ámbito académico y científico.


Son sus funciones:

1. Selección de jueces. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a magistrados.

2. Nombramiento de jueces. Proponer ternas vinculantes, para el nombramiento de magistrados.

3. Administración del Poder Judicial. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto para la administración de justicia.

4. Facultades disciplinarias. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.

5. Remoción de jueces. Iniciar el procedimiento de remoción de magistrados, ordenar la suspensión y formular la acusación.

6. Reglamentos internos. Dictar los reglamentos de organización judicial y los que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de justicia.