Abandono del trabajo

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Incurre en abandono del trabajo el empleado u obrero que no concurre a prestar sus servicios, que lo hace con retraso reiterado o que deja sus tareas antes de tiempo y sin debida autorización.

Hay abandono de trabajo cuando un empleado no se presenta a su lugar de trabajo y deja de cumplir con sus responsabilidades laborales de manera voluntaria y sin notificación previa a su empleador. Constituye una falta grave en el ámbito laboral y tiene consecuencias legales para el empleado.

Fuente

Legislatura de la provincia de La Rioja.

Fuente 2

Derecho fácil - SAIJ


Referencia

Diccionario Jurídico Elemental [[1]]