Diferencia entre revisiones de «Vicio redhibitorio»

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Vicio oculto que puede dar lugar a la rescisión de la venta,
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Son vicios redhibitorios los defectos ocultos de la cosa, cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo de la adquisición, que la hagan impropia para su destino, si de tal modo disminuyen el uso de ella que al haberlos conocido el adquirente, no la habría adquirido, o habría dado menos por ella.
por hacerla impropia para su destino.
 
 
 
== Fuentes ==
 
 
 
''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
 
 
 
== Referencias ==
 
 
 
Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]
 

Revisión del 14:21 1 jun 2017

Son vicios redhibitorios los defectos ocultos de la cosa, cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo de la adquisición, que la hagan impropia para su destino, si de tal modo disminuyen el uso de ella que al haberlos conocido el adquirente, no la habría adquirido, o habría dado menos por ella.