URGE

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Se crea el Sistema Único de Registro de Denuncias por Violencia de Género (URGE) y se aprueba el Protocolo que deberá cumplir la policía para recibir y registrar las denuncias por violencia de género.

Resolución 408/2020 Ministerio de Seguridad

Protocolo de actuación policial para recibir y registrar denuncias por violencia de género (URGE)

El Protocolo es una guía de actuación para el personal con usuario asignado en el Sistema Único de Registro de Denuncias por Violencia de Género (URGE). Establece el procedimiento para recibir y registrar en el sistema las denuncias por violencia de género.


Rol del Operador Policial

El operador policial es la primera persona que toma contacto de manera institucional con la persona denunciante. Su rol es fundamental.

El operador policial debe escuchar y mantener un vínculo directo con la persona que vive una situación de violencia o con la persona que conoce hechos de violencia sobre otra persona.

El personal policial debe:

  • Escuchar en forma activa el relato de la persona denunciante.
  • No minimizar el riesgo.
  • Crear un clima de confianza, seriedad y profesionalidad.
  • Evitar comentarios revictimizantes o hacer juicios de valor.
  • Hacer saber a la persona denunciante que tiene derecho a vivir una vida sin violencia.
  • Dar a conocer a la persona denunciante otros organismos a los que puede acudir para recibir ayuda y apoyo de equipos de asistencia social, asesoramiento jurídico gratuito, etc.
  • Evitar dar consejos de orden personal.
  • Hacerle saber al denunciante que el espacio institucional siempre estará disponible para efectuar denuncias sobre violencia.
  • Transmitir la importancia de denunciar cada hecho de violencia y de comenzar un proceso de recuperación integral a partir de una red de contención. Esta red de contención estará integrada por un entorno afectivo e institucional por parte de los recursos del Estado.
  • Respetar el tiempo que la persona necesite para hacer la denuncia y el tiempo que necesite para expresarse al momento de denunciar.
  • Respetar la identidad de género autopercibida, de acuerdo a los principios generales de derechos humanos, en especial los de igualdad y no discrminación.

La intervención policial debe tener siempre en cuenta que la falta de una adecuada actuación policial ante la denuncia puede generar condiciones para una eventual escalada de violencia. El femicidio es la expresión máxima de violencia contra la mujer o persona con identidad de género femenino.

El personal policial debe tener presente en todo momento que su intervención forma parte de un trabajo en equipo con un enfoque interdisciplinario, inclusivo, con perspectiva de género y que nunca se debe revictimizar a la víctima.


Formulario de denuncia

El operador policial debe usar el formulario establecido por el Protocolo para el registro de la denuncia policial. Este formulario puede ser reimpreso y enviado a la autoridad judicial de turno en reemplazo de las actas policiales.

Toda denuncia que se reciba en la dependencia debe ser registrada en el sistema en forma obligatoria, ya sea al momento de toma de la denuncia o posteriormente.

El sistema emitirá una Constancia de denuncia para entregar la persona denunciante.

El sistema también mostrará en pantalla los antecedentes del denunciado que se obtengan a partir de una interconsulta automática que hará a partir del DNI del denunciado. Todos los usuarios del sistema podrán realizar la interconsulta.

El formulario de denuncia impreso tendrá un número de Denuncia. Debe contener todos los datos ingresados en el sistema, junto con la “constancia de interconsulta automática” de antecedentes generada y su resultado.


Valoración de riesgo

El objetivo de la valoración del riesgo es prevenir un nuevo acto violento.

La valoración de riesgo del hecho denunciado es un proceso de reunión de información sobre hechos y personas para decidir en función del riesgo.

El operador policial debe realizar preguntas específicas a la persona denunciante al momento de registrar la denuncia, para determinar el grado de riesgo existente para el caso concreto. Las preguntas estarán en un formulario específico.

La evaluación de riesgo será determinada por el MINISTERIO DE SEGURIDAD y quedará registrada en el formulario de denuncia.


Medidas de Protección Policial a favor de la víctima

Luego de la valoración del riesgo, el operador policial determinará la adopción de medidas a favor de la víctima. Las medidas de protección estarán vigentes hasta que lo decida la autoridad judicial.

Las medidas a favor de la víctima estarán preestablecidas en el formulario Medidas de Protección Policial a favor de la víctima.


Usuarios del Sistema

En el Sistema Único de Registro de Denuncias por Violencia de Género (URGE) participarán diversos usuarios que tendrán diferentes tareas y tipos de acceso al sistema e información.

Entre los usuarios estarán:

  • Dependencia Policial,
  • Autoridades Judiciales del Poder Judicial de la Nación,
  • Ministerio Público Fiscal de la Nación (Fiscalías + UFEM),
  • Poder Judicial Provincial,
  • Ministerio Público Provincial,
  • Ministerio de Seguridad de la Nación,
  • Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y
  • Ministerios de Seguridad de las provincias y de la CABA.

Confidencialidad y responsabilidad

Los datos dados por las personas denunciantes, sean personales o no, serán usados, tratados y protegidos de acuerdo a lo establecido en el presente documento.

Los datos serán usados por el “Operador Policial” únicamente para la carga de información en el Sistema o para solicitar a la persona denunciante mayor información para contribuir a la investigación que se inicie a raíz de los hechos revelados.

La confidencialidad de los datos está garantizada. Los datos están protegidos por medidas administrativas y técnicas implementadas por el Ministerio de Seguridad de la Nación para evitar su daño, pérdida, alteración, destrucción, uso, acceso o divulgación indebida.

Fuente

Ley simple [1]