Transacción

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Concesión que se hace al adversario de un conflicto con el fin de poner fin al mismo, aún estando convencido de la razón o justicia propia. El art. 1641 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, define a la transacción como "un contrato por el cual las partes, para evitar un litigio, o ponerle fin, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones dudosas o litigiosas".

Fuente

Código Civil y Comercial de la Nación art. 1641 al 1648 [1]