Diferencia entre revisiones de «Silencio de la ley»

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Falta de regulación de un caso por el legislador; ya por omisión, ya por no poder preservar la situación, como la resultante de un nuevo invento o de un orden de cosas antes desconocido.
 
Falta de regulación de un caso por el legislador; ya por omisión, ya por no poder preservar la situación, como la resultante de un nuevo invento o de un orden de cosas antes desconocido.
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==Referencia==
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Diccionario Jurídico Elemental [https://legislaturalarioja.gob.ar/documentos/diccionario-glosario.pdf]
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==Fuente==
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Legislatura de la provincia de la Rioja
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[[Categoría: Procesal Civil y Comercial]]

Revisión actual del 11:18 14 oct 2021

Falta de regulación de un caso por el legislador; ya por omisión, ya por no poder preservar la situación, como la resultante de un nuevo invento o de un orden de cosas antes desconocido.

Referencia

Diccionario Jurídico Elemental [1]

Fuente

Legislatura de la provincia de la Rioja