Diferencia entre revisiones de «Secuestro de persona»

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Privar a un individuo de su libertad de manera ilegal para exigir algo a cambio de su liberación; tomar por la fuerza un medio de transporte; imposibilitar judicialmente la distribución de un producto; o embargar un bien por la vía judicial. El uso más habitual del concepto se asocia a la privación ilegítima de la libertad que sufre una persona. Quien comete el secuestro (llamado secuestrador) exige dinero o algún beneficio para liberar a la víctima (el secuestrado).
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El Código Penal preve el secuestro coactivo y el secuestro extorsivo.
Se encuentra en los artículos 141 a 142 bis de C.P. de Argentina.
 
  
== Nota de alcance ==
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El primero se encuentra en el art. 142 bis y el segundo en el art. 170.
Término utilizado en el ámbito del Derecho Penal.
 
  
== Referencias ==
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En el secuestro coactivo, se priva a una persona de su libertad para obligar a la victima o a un tercero a hacer algo o a no hacerlo o a tolerar algo contra su voluntad.
[http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/16546/texact.htm]
 
  
== Fuentes ==
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En el secuestro extorsivo, se priva a la víctima de su libertad para cobrar un rescate.
[http://www.ufasta.edu.ar/ Universidad FASTA]
 
  
[http://info-lab.org.ar/ InFo-Lab]
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= Fuente =
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Código Penal Comentado / Pensamiento Penal [https://www.pensamientopenal.com.ar/cpcomentado/38449-art-142-bis-secuestro-coactivo]
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[https://www.pensamientopenal.com.ar/cpcomentado/38450-art-170-secuestro-extorsivo]
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[[Categoría: Penal]]

Revisión actual del 15:48 22 mar 2024

El Código Penal preve el secuestro coactivo y el secuestro extorsivo.

El primero se encuentra en el art. 142 bis y el segundo en el art. 170.

En el secuestro coactivo, se priva a una persona de su libertad para obligar a la victima o a un tercero a hacer algo o a no hacerlo o a tolerar algo contra su voluntad.

En el secuestro extorsivo, se priva a la víctima de su libertad para cobrar un rescate.

Fuente

Código Penal Comentado / Pensamiento Penal [1]

[2]