Representante sindical

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El representante sindical es el que representa al sindicato dentro de la empresa.

La ley 23.551 de asociaciones sindicales se refiere en su punto XI a la representación sindical en la empresa.

Dice que los delegados del personal ejercerán en los lugares de trabajo, en la sede de la empresa o del establecimiento al que estén afectados la siguiente representación:

a) De los trabajadores ante el empleador, la autoridad administrativa del trabajo y ante la asociación sindical.

b) De la asociación sindical ante el empleador y el trabajador.

Para ser representante sindical se necesita:

a) Estar afiliado a la respectiva asociación sindical y ser elegido en comicios, en el lugar donde se presten los servicios, por el voto directo y secreto de los trabajadores cuya representación deberá ejercer.

En todos los casos se deberá contar con una antigüedad mínima en la afiliación de un (1) año.

b) Tener 18 años de edad como mínimo y trabajar en la empresa por lo menos con una antigüedad de un año anterior a la elección.

En los establecimientos de reciente instalación no se exigirá contar con una antigüedad mínima en el empleo.

Lo mismo ocurre en los contratos de trabajo de temporada.

El mandato de los delegados no puede ser mayor de 2 años.

Fuente

Ley de asociaciones sindicales [1]