Diferencia entre revisiones de «Recusación»

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Facultad que la ley concede a las partes en un juicio para reclamar que un juez deje de intervenir en él, por considerar que tiene algún interés o que ha prejuzgado. Los motivos de recusación se encuentran taxativamente enumerados en los códigos procesales.
 
Facultad que la ley concede a las partes en un juicio para reclamar que un juez deje de intervenir en él, por considerar que tiene algún interés o que ha prejuzgado. Los motivos de recusación se encuentran taxativamente enumerados en los códigos procesales.
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Procedimiento para solicitar que un/a juez/a sea apartado/a de la causa por existir motivos establecidos por ley.
  
 
==Referencias==
 
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Revisión actual del 10:47 7 jul 2021

Facultad que la ley concede a las partes en un juicio para reclamar que un juez deje de intervenir en él, por considerar que tiene algún interés o que ha prejuzgado. Los motivos de recusación se encuentran taxativamente enumerados en los códigos procesales.

Procedimiento para solicitar que un/a juez/a sea apartado/a de la causa por existir motivos establecidos por ley.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]