Diferencia entre revisiones de «Recurso de alzada»

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Recurso administrativo que la ley concede a los particulares frente a resoluciones administrativas del funcionario de rango inferior. Sinónimo procesal de “apelación”.
 
Recurso administrativo que la ley concede a los particulares frente a resoluciones administrativas del funcionario de rango inferior. Sinónimo procesal de “apelación”.
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Recurso administrativo que el ordenamiento reconoce al particular afectado por un acto definitivo emitido por el órgano superior de una entidad descentralizada, con el objeto de que un órgano perteneciente a la administración central revise la legalidad del acto y, en su caso, lo anule en sede administrativa por resultar contrario a Derecho. Se trata del remedio por medio del cual, a instancia de la parte agraviada, la administración central ejerce el denominado “control de tutela” sobre la actuación de la administración descentralizada, con fundamento en el principio de la unidad estatal.
  
 
== Fuentes ==
 
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Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]
 
Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]
 
Recurso administrativo que el ordenamiento reconoce al particular afectado por un acto definitivo emitido por el órgano superior de una entidad descentralizada, con el objeto de que un órgano perteneciente a la administración central revise la legalidad del acto y, en su caso, lo anule en sede administrativa por resultar contrario a Derecho. Se trata del remedio por medio del cual, a instancia de la parte agraviada, la administración central ejerce el denominado “control de tutela” sobre la actuación de la administración descentralizada, con fundamento en el principio de la unidad estatal.
 

Revisión del 11:54 22 nov 2018

Recurso administrativo que la ley concede a los particulares frente a resoluciones administrativas del funcionario de rango inferior. Sinónimo procesal de “apelación”. Recurso administrativo que el ordenamiento reconoce al particular afectado por un acto definitivo emitido por el órgano superior de una entidad descentralizada, con el objeto de que un órgano perteneciente a la administración central revise la legalidad del acto y, en su caso, lo anule en sede administrativa por resultar contrario a Derecho. Se trata del remedio por medio del cual, a instancia de la parte agraviada, la administración central ejerce el denominado “control de tutela” sobre la actuación de la administración descentralizada, con fundamento en el principio de la unidad estatal.

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.

Referencias

Poder Judicial de Salta [1]