Producción pública de medicamentos

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La ley 26.688 establece la producción pública de medicamentos para favorecer el acceso a la salud y el desarrollo científico.


La producción pública de medicamentos es la que se realiza en laboratorios del Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las fuerzas armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal.

Los medicamentos son bienes sociales y la ley quiere asegurar:

  • El acceso a medicamentos y vacunas.
  • El desarrollo científico y tecnológico en la producción de medicamentos.


Se producen los medicamentos esenciales según la Organización Mundial de la Salud y los medicamentos necesarios para atender las posibilidades de epidemias y de enfermedades características de algunas estaciones del año de las regiones de nuestro país.

Cada 2 años debe hacerse un estudio para conocer las necesidades de medicamentos y producirlos.

La producción pública debe hacer los medicamentos necesarios para la atención primaria de la salud.

También debe producir los llamados ¨medicamentos huérfanos¨, que son los que generalmente no produce la industria farmacéutica, porque es costoso producirlo y son pocos los pacientes que los necesitan.


La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) es el organismo que controla toda la producción de medicamentos en el país y debe exigir a los laboratorios de producción pública que cumplan las buenas prácticas de fabricación y control de medicamentos.

Además, los laboratorios de producción pública pueden hacer convenios con universidades u otras entidades estatales para que hagan el control de calidad de los medicamentos, vacunas y productos médicos.


Fuente

Ley Simple [1]