Diferencia entre revisiones de «Acción civil en el proceso penal»

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En el enjuiciamiento criminal, quien se limita a exigir la responsabilidad civil derivada del delito.
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En el enjuiciamiento criminal es la persona que se limita a exigir la responsabilidad civil derivada del delito.
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De esta forma se le facilita a la víctima de un delito criminal o ilícito civil el logro de un resarcimiento económico sin necesidad de entablar un juicio civil posterior, además de operar en beneficio de la economía procesal.
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Es decir que la víctima de un delito puede intervenir como querellante o como actor civil.
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==Fuentes==
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Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
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=Doctrina Relacionada=
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La acción civil en el proceso penal por CLAUDIA G. DELLA MALVA, ROBERTO A. LEMOS ARIAS - Abril de 2000 - REVISTA SUPLEMENTO DE JURISPRUDENCIA PENAL pág. 17 - LA LEY S.A.E. e I.
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[http://www.saij.gob.ar/claudia-della-malva-accion-civil-proceso-penal-alcances-dacj000056-2000-04/123456789-0abc-defg6500-00jcanirtcod?q=%20tema%3Aacci%F3n%3Fcivil%3Fen%3Fel%3Fproceso%3Fpenal&o=1&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Doctrina%7CFecha%7COrganismo%7CPublicaci%F3n%7CTribunal%7CTema%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=4]
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Formas de intervención de la víctima en el proceso penal por CARLOS ALBERTO CHIARA DÍAZ - 8 de Julio de 1993 - REVISTA ZEUS Nro. 4705, pág. 2 [http://www.saij.gob.ar/carlos-alberto-chiara-diaz-formas-intervencion-victima-proceso-penal-dasa940102-1993-07-08/123456789-0abc-defg2010-49asanirtcod?q=%20tema%3Aacci%F3n%3Fcivil%3Fen%3Fel%3Fproceso%3Fpenal&o=3&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Doctrina%7CFecha%7COrganismo%7CPublicaci%F3n%7CTribunal%7CTema%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=4]
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[[Categoría: Procesal Penal]]

Revisión actual del 13:39 20 may 2022

En el enjuiciamiento criminal es la persona que se limita a exigir la responsabilidad civil derivada del delito.

De esta forma se le facilita a la víctima de un delito criminal o ilícito civil el logro de un resarcimiento económico sin necesidad de entablar un juicio civil posterior, además de operar en beneficio de la economía procesal.

Es decir que la víctima de un delito puede intervenir como querellante o como actor civil.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]

Doctrina Relacionada

La acción civil en el proceso penal por CLAUDIA G. DELLA MALVA, ROBERTO A. LEMOS ARIAS - Abril de 2000 - REVISTA SUPLEMENTO DE JURISPRUDENCIA PENAL pág. 17 - LA LEY S.A.E. e I. [2]

Formas de intervención de la víctima en el proceso penal por CARLOS ALBERTO CHIARA DÍAZ - 8 de Julio de 1993 - REVISTA ZEUS Nro. 4705, pág. 2 [3]