Diferencia entre revisiones de «Orientación sexual»

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Capacidad de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas. Según esta atracción esté dirigida a personas de un género diferente o igual al propio, o a ambos, se habla de hétero, homo o bisexualidad.
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La orientación sexual es la capacidad de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas.
  
== Fuente ==  
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La orientación sexual puede estar dirigida a personas de un género diferente o igual al propio, o a ambos, por ello se habla de hétero, homo o bisexualidad.
Programa Las Víctimas Contra Las Violencias
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La atracción de una persona hacia otra persona define su orientación sexual.
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Hay personas que sienten atracción por personas del sexo opuesto y hay personas que sienten atracción por personas del mismo sexo.
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Una mujer puede sentir atracción hacia un varón o una mujer.
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Un varón puede sentir atracción hacia una mujer o un varón.
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Nadie debe discriminar ni agredir a una persona por su identidad de género o su orientación sexual.
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== Referencias ==  
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Programa Las Víctimas Contra Las Violencias [http://www.jus.gob.ar/atencion-al-ciudadano/atencion-a-las-victimas/programa-victimas-contra-las-violencias.aspx]
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Biblioteca Digital del Ministerio de Justicia y DD HH. Ley Micaela [http://www.bibliotecadigital.gob.ar/exhibits/show/exhibicion-mujeres-generos-div/item/2704]
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''“la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género” (Principios de Yogyakarta).'' Referencia 2
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==Referencia 2==
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MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
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Resolución Conjunta 21029/2021 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/345000-349999/347941/norma.htm]
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[[Categoría: Derechos Humanos]]
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[[Categoría: Género y Diversidad]]

Revisión actual del 08:42 8 jun 2021

La orientación sexual es la capacidad de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas.

La orientación sexual puede estar dirigida a personas de un género diferente o igual al propio, o a ambos, por ello se habla de hétero, homo o bisexualidad.

La atracción de una persona hacia otra persona define su orientación sexual. Hay personas que sienten atracción por personas del sexo opuesto y hay personas que sienten atracción por personas del mismo sexo. Una mujer puede sentir atracción hacia un varón o una mujer. Un varón puede sentir atracción hacia una mujer o un varón. Nadie debe discriminar ni agredir a una persona por su identidad de género o su orientación sexual.

Referencias

Programa Las Víctimas Contra Las Violencias [1]

Biblioteca Digital del Ministerio de Justicia y DD HH. Ley Micaela [2]


“la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género” (Principios de Yogyakarta). Referencia 2

Referencia 2

MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y COMISIÓN NACIONAL DE VALORES Resolución Conjunta 21029/2021 [3]