Diferencia entre revisiones de «Oneroso»

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Acto jurídico que establece determinadas prestaciones dinerarias entre las partes, en contraposición al gratuito.
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Acto jurídico que establece determinadas prestaciones dinerarias entre las partes.
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El acto jurídico oneroso se contrapone al acto jurídico gratuito.
  
 
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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/diccionario-juridido#A]
 
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/diccionario-juridido#A]
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[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 14:53 22 mar 2021

Acto jurídico que establece determinadas prestaciones dinerarias entre las partes.

El acto jurídico oneroso se contrapone al acto jurídico gratuito.

Fuentes

Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Referencias

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1]