Obligación de armarse en defensa de la Patria y la Constitución
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La Constitución Nacional en el artículo 21 dice que todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución.
Los ciudadanos por naturalización durante los primeros 10 años, desde que obtienen la ciudadanía, pueden elegir prestar este servicio o no.