Diferencia entre revisiones de «Medidas de protección policial»

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Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una
 
Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una
 
denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.
 
denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.
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"Las medidas de protección son acciones tomadas por las fuerzas del orden para garantizar la seguridad de individuos, grupos o comunidades en riesgo de ser víctimas de un crimen, violencia o cualquier otra amenaza. Las medidas de protección pueden ser vigilancia, escolta, patrullaje, controles de acceso y otras estrategias para prevenir y responder a situaciones peligrosas" (fuente 2)
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==Referencias==
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"PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DE DENUNCIAS DEL “SISTEMA ÚNICO DE REGISTRO DE DENUNCIAS POR VIOLENCIA
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DE GÉNERO (URGE)”.
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==Fuente==
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Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad - Anexo 2. [https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237163/20201111]
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==Fuente 2==
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Derecho Fácil - SAIJ
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[[Categoría: Derechos Humanos]]
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[[Categoría: Género y Diversidad]]

Revisión actual del 11:06 16 abr 2024

Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.

"Las medidas de protección son acciones tomadas por las fuerzas del orden para garantizar la seguridad de individuos, grupos o comunidades en riesgo de ser víctimas de un crimen, violencia o cualquier otra amenaza. Las medidas de protección pueden ser vigilancia, escolta, patrullaje, controles de acceso y otras estrategias para prevenir y responder a situaciones peligrosas" (fuente 2)

Referencias

"PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DE DENUNCIAS DEL “SISTEMA ÚNICO DE REGISTRO DE DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO (URGE)”.

Fuente

Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad - Anexo 2. [1]

Fuente 2

Derecho Fácil - SAIJ