Diferencia entre revisiones de «Mandatario»

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En el contrato de mandato el que acepta de modo expreso o tácito -esto por la ejecución sin más o su iniciación- el encargo que el mandante le da para proceder en nombre y por cuenta de éste en uno o más asuntos. En los países hispanoamericanos suele aplicarse la calificación de primer mandatario al jefe del Estado o al de alguno de los Estados o provincias federados; es decir, el presidente de la república o el respectivo gobernador.
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En el contrato de mandato el que acepta de modo expreso o tácito -esto por la ejecución sin más o su iniciación- el encargo que el mandante le da para proceder en nombre y por cuenta de éste en uno o más asuntos.
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[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 09:21 11 mar 2021

En el contrato de mandato el que acepta de modo expreso o tácito -esto por la ejecución sin más o su iniciación- el encargo que el mandante le da para proceder en nombre y por cuenta de éste en uno o más asuntos.