Diferencia entre revisiones de «Ley de Ministerios»

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Revisión actual del 14:53 11 dic 2023

Dice el Artículo 100 de la C.N. que El Jefe de Gabinete de ministros y los Ministros del Poder Ejecutivo, regidos por una ley especial , tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y legalizan los actos del presidente por medio de su firma, sin la cual no tienen eficacia.

Esa ley es la ley de Ministerios, 22.520 que establece los ministerios, sus funciones y atribuciones.

El Presidente Milei ha establecido 9 Ministerios por Decreto 8/2023


El Jefe de Gabinete de Ministros y 9 Ministros tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los siguientes:

· Del Interior

· De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

· De Defensa

· De Economía

· De Infraestructura

· De Justicia

· De Seguridad

· De Salud

· De Capital Humano

Fuente

Infoleg [1]

BO [2]