Diferencia entre revisiones de «Lesión»

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En materia contractual, debe existir
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Lesión es un término de derecho civil.
equivalencia entre las prestaciones. A la falta de equivalencia se le da el nombre
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Significa que en materia contractual, debe existir equivalencia entre las prestaciones. A la falta de equivalencia se le da el nombre de lesión.
de lesión.  
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La lesión es el daño económico que experimenta una persona en contratos bilaterales por haber desproporción entre la prestación y la contraprestación de la otra parte, siempre y cuando se haya aprovechado de la ignorancia, ligereza, inexperiencia o estado de necesidad de la parte perjudicada.
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La lesión es una institución jurídica según la cual, las prestaciones podrán modificarse o extinguirse de acuerdo a dos factores, uno subjetivo y otro objetivo. En cuanto al subjetivo se considera como un vicio del consentimiento, el cual evita la contratación en circunstancias similares porque una de las partes se coloca en los supuestos de suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema necesidad. El elemento objetivo, es el monto de las prestaciones, su excesiva onerosidad, la notable diferencia entre lo que se da y lo que se recibe.
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== Fuentes ==
 
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''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
 
''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
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[https://es.wikipedia.org/wiki/Lesi%C3%B3n]
  
 
== Referencias ==
 
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Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]
 
Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]

Revisión del 16:02 21 ago 2018

Lesión es un término de derecho civil. Significa que en materia contractual, debe existir equivalencia entre las prestaciones. A la falta de equivalencia se le da el nombre de lesión. La lesión es el daño económico que experimenta una persona en contratos bilaterales por haber desproporción entre la prestación y la contraprestación de la otra parte, siempre y cuando se haya aprovechado de la ignorancia, ligereza, inexperiencia o estado de necesidad de la parte perjudicada.

La lesión es una institución jurídica según la cual, las prestaciones podrán modificarse o extinguirse de acuerdo a dos factores, uno subjetivo y otro objetivo. En cuanto al subjetivo se considera como un vicio del consentimiento, el cual evita la contratación en circunstancias similares porque una de las partes se coloca en los supuestos de suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema necesidad. El elemento objetivo, es el monto de las prestaciones, su excesiva onerosidad, la notable diferencia entre lo que se da y lo que se recibe.

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.

[1]

Referencias

Poder Judicial de Salta [2]