Diferencia entre revisiones de «Juicio por jurados»

De WIKI Derecho Fácil
Saltar a: navegación, buscar
m
 
(No se muestran 3 ediciones intermedias de 2 usuarios)
Línea 1: Línea 1:
Tiene lugar para que un acusado sea juzgado por sus pares. El jurado está compuesto por la misma cantidad de hombres y mujeres. Ellos se debatirán entre dos cuestiones: si el hecho que se juzga realmente existió, y si el acusado de haber cometido ese hecho es culpable o no.
+
El juicio por jurado tiene lugar para que un acusado sea juzgado por sus pares.
Las personas que compondrán el jurado, son seleccionadas por sorteo a partir de una lista elaborada por la Justicia electoral sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos que se encuentren entre los 21 y 75 años de edad.  
+
El jurado está compuesto por la misma cantidad de hombres y mujeres.  
Existe también una serie de ciudadanos que, por su rol social o profesión, no pueden ser miembros del jurado. Entre ellos se distinguen: integrantes de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros.
+
 
 +
El jurado debate dos cuestiones:  
 +
* si el hecho que se juzga realmente existió
 +
* si el acusado de haber cometido ese hecho es culpable o no.  
 +
 
 +
Las personas que forman el jurado son seleccionadas por sorteo a partir de una lista elaborada por la Justicia electoral sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos que se encuentren entre los 21 y 75 años de edad.  
 +
Existen algunos ciudadanos que, por su rol social o profesión, no pueden ser miembros del jurado. Por ejemplo: integrantes de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros.
 +
 
 
El juicio por jurados está establecido y funciona ya en algunas provincias argentinas.
 
El juicio por jurados está establecido y funciona ya en algunas provincias argentinas.
Nuestra Constitución Nacional preve el establecimiento de este instituto, pero aún no ha sido establecido en el orden nacioanl
 
  
== Nota de alcance ==
+
Nuestra [[Constitución Nacional]] prevé el establecimiento de este instituto en su art. 24, pero aún no ha sido establecido en el orden nacional.
Término utilizado en el ámbito del Derecho Penal.
+
 
 +
Además el artículo 118 de la C.N. establece que todos los juicios criminales ordinarios, salvo el juicio político, se terminan por jurados, luego que se establezca en la República esta institución.  
  
 
== Referencias ==
 
== Referencias ==
Línea 18: Línea 25:
  
 
Proyecto de Código Procesal Penal que contiene el juicio por jurados pero que no está en vigencia [http://www.juicioporjurados.org/]
 
Proyecto de Código Procesal Penal que contiene el juicio por jurados pero que no está en vigencia [http://www.juicioporjurados.org/]
 +
 
Código Procesal Penal Vigente [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/383/texact.htm]
 
Código Procesal Penal Vigente [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/383/texact.htm]
 +
 +
Constitución Nacional [https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-24430-804]
 +
 +
[[Categoría: Constitucional]]
 +
[[Categoría: Penal]]

Revisión actual del 14:14 6 oct 2020

El juicio por jurado tiene lugar para que un acusado sea juzgado por sus pares. El jurado está compuesto por la misma cantidad de hombres y mujeres.

El jurado debate dos cuestiones:

  • si el hecho que se juzga realmente existió
  • si el acusado de haber cometido ese hecho es culpable o no.

Las personas que forman el jurado son seleccionadas por sorteo a partir de una lista elaborada por la Justicia electoral sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos que se encuentren entre los 21 y 75 años de edad. Existen algunos ciudadanos que, por su rol social o profesión, no pueden ser miembros del jurado. Por ejemplo: integrantes de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, entre otros.

El juicio por jurados está establecido y funciona ya en algunas provincias argentinas.

Nuestra Constitución Nacional prevé el establecimiento de este instituto en su art. 24, pero aún no ha sido establecido en el orden nacional.

Además el artículo 118 de la C.N. establece que todos los juicios criminales ordinarios, salvo el juicio político, se terminan por jurados, luego que se establezca en la República esta institución.

Referencias

Universidad FASTA

InFo-Lab


Fuentes

Proyecto de Código Procesal Penal que contiene el juicio por jurados pero que no está en vigencia [1]

Código Procesal Penal Vigente [2]

Constitución Nacional [3]