Juicio arbitral

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El de carácter voluntario para las partes que someten su controversia a la resolución de un árbitro (v.) o varios --en número impar siempre, para facilitar la mayoría- para conocer y decidir la cuestión sometida a su fallo. Los árbitros, abogados por la forzosa, han de resolver según lo alegado y probado. La resolución, llamada laudo o sentencia arbitral, es recurrible ante los tribunales judiciales que la ley expresa. En materia laboral existen también juicios arbitrales, pero ya con menor rigor en los componentes y en el proceder.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]