Garantías constitucionales

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El Artículo 18 de la Constitución Nacional establece las principales Garantías constitucionales Se trata de garantías constitucionales del proceso penal.

  • Está prohibido que un habitante:

• reciba una pena sin un juicio previo. El juicio debe basarse en una ley anterior al delito

• sea juzgado por comisiones especiales

• sea juzgado por jueces que por ley no le corresponden.

  • Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo.
  • Nadie puede ser arrestado sin una orden escrita de la autoridad.
  • La defensa en juicio de la persona y de los derechos es inviolable.
  • El domicilio es inviolable. También la correspondencia y los papeles privados. La ley dice en qué casos se puede hacer un allanamiento.
  • Están prohibidos la pena de muerte por causas políticas y las torturas.
  • Las cárceles de la Nación son limpias y para seguridad y no para castigo de los presos.


Luego el artículo 43 establece algunas garantías constitucionales nuevas: Acción de amparo – Habeas data – Habeas corpus

  • Toda persona puede presentar acción de amparo:

 si no existe otro medio judicial mejor  contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares  que en forma actual o inminente  lesione o amenace  con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta  derechos y garantías que surgen de la Constitución, un tratado o una ley.

El juez puede declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se basa el acto u omisión denunciada.

Se puede presentar esta acción:  contra la discriminación  en relación a los derechos que protegen al ambiente  en defensa de la competencia  por los derechos de usuario y al consumidor  por derechos de incidencia colectiva

La acción la puede presentar:  el afectado  el defensor del pueblo  asociaciones de defensa de derechos

  • Toda persona puede presentar esta acción para saber sobre sus datos en bancos de datos públicos o privados destinados a dar informes, y la finalidad de esa información.

En caso de falsedad o discriminación, puede exigir que borren o corrijan los datos. No se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.

  • La acción de hábeas corpus se presenta cuando el derecho afectado o amenazado es:

 la libertad física  el agravamiento ilegítimo en la detención  la desaparición forzada de personas La puede presentar el afectado o cualquiera en su favor. El juez resuelve de inmediato, aun durante un estado de sitio.

Referencias

Para seguir leyendo Las Garantías constitucionales del proceso penal

[1]