Diferencia entre revisiones de «Garantías constitucionales»

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• sea juzgado por jueces que por ley no le corresponden.
 
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* Las cárceles de la Nación son limpias y para seguridad y no para castigo de los presos.
 
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Estas garantías fueron muy estudiadas por la doctrina, que les puso, los siguientes nombres:
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* Juicio previo
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* Ley anterior al hecho del proceso
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* Derecho al juez natural
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* Derecho a la jurisdicción
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* Debido proceso
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* Defensa en juicio
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* Derecho a no declarar contra sí mismo
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*Toda persona puede presentar acción de amparo:
 
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 si no existe otro medio judicial mejor
 
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 contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares
 
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 que en forma actual o inminente
 
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 lesione o amenace
 
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 con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta
 
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 derechos y garantías que surgen de la Constitución, un tratado o una ley.  
 
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El juez puede declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se basa el acto u omisión denunciada.
 
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Se puede presentar esta acción:
 
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 contra la discriminación
 
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 en relación a los derechos que protegen al ambiente
 
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 en defensa de la competencia
 
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 por los derechos de usuario y al consumidor
 
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 por derechos de incidencia colectiva
 
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La acción la puede presentar:
 
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 el afectado
 
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 el defensor del pueblo
 
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 asociaciones de defensa de derechos  
 
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*Toda persona puede presentar esta acción para saber sobre sus datos en bancos de datos públicos o privados destinados a dar informes, y la finalidad de esa información.  
 
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En caso de falsedad o discriminación, puede exigir que borren o corrijan los datos.
 
En caso de falsedad o discriminación, puede exigir que borren o corrijan los datos.
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No se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.
 
No se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.
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*La acción de hábeas corpus se presenta cuando el derecho afectado o amenazado es:
 
*La acción de hábeas corpus se presenta cuando el derecho afectado o amenazado es:
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 la libertad física
 
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 el agravamiento ilegítimo en la detención
 
 el agravamiento ilegítimo en la detención
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 la desaparición forzada de personas
 
 la desaparición forzada de personas
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La puede presentar el afectado o cualquiera en su favor.
 
La puede presentar el afectado o cualquiera en su favor.
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El juez resuelve de inmediato, aun durante un estado de sitio.
 
El juez resuelve de inmediato, aun durante un estado de sitio.
  
==Referencias==
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==Doctrina Vinculada==
Para seguir leyendo Las Garantías constitucionales del proceso penal
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Las Garantías constitucionales del proceso penal. María Florencia Catanese
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[http://www.derecho.uba.ar/graduados/ponencias/catanese.pdf]
  
[http://www.derecho.uba.ar/graduados/ponencias/catanese.pdf]
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SAIJ [http://www.saij.gob.ar/raul-gustavo-ferreyra-reforma-constitucional-1994-tratados-internacionales-jerarquia-constitucional-manifiesto-sobre-garantias-derechos-dacf160116-2015-11/123456789-0abc-defg6110-61fcanirtcod?q=%20tema%3Agarant%EDas%3Fconstitucionales%3F%3Fderechos%3Fy%3Fgarant%EDas%3Fconstitucionales%3F&o=0&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Doctrina%7CFecha%7COrganismo%7CPublicaci%F3n%7CTribunal%7CTema%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=1262]
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=Jurisprudencia Vinculada=
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LEIVA GABRIEL S.D HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA E.P BUSTAMANTE LUCIANA s/ APELACION - 11 de Febrero de 2008 - CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO [http://www.saij.gob.ar/derechos-garantias-constitucionales-suz0104928/123456789-0abc-defg8294-010zsoiramus?q=%20tema%3Aderechos%3Fy%3Fgarant%EDas%3Fconstitucionales&o=1&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Jurisprudencia/Sumario%7CFecha%7COrganismo%7CTribunal%7CTema%7CPublicaci%F3n%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=37196]
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VILLALBA, VICTOR ALFREDO Y OTRO s/ INCIDENTE DE EXIMICION DE PRISION - 7 de Septiembre de 2000 - CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO
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[http://www.saij.gob.ar/derechos-garantias-constitucionales-suz0104909/123456789-0abc-defg9094-010zsoiramus?q=%20tema%3Aderechos%3Fy%3Fgarant%EDas%3Fconstitucionales&o=28&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Jurisprudencia/Sumario%7CFecha%7COrganismo%7CTribunal%7CTema%7CPublicaci%F3n%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=37196]
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Barrionuevo, Rubén Antonio y otro s/ Tentativa de robo calificado - 13 de Marzo de 2002 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
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[http://www.saij.gob.ar/defensa-juicio-doble-instancia-sub0066049/123456789-0abc-defg9406-600bsoiramus?q=%20tema%3Aderechos%3Fy%3Fgarant%EDas%3Fconstitucionales&o=44&f=Total%7CTipo%20de%20Documento/Jurisprudencia/Sumario%7CFecha%7COrganismo%7CTribunal%7CTema%7CPublicaci%F3n%7CEstado%20de%20Vigencia%7CAutor%7CJurisdicci%F3n&t=37196]
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[[Categoría: Constitucional]]
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[[Categoría: Procesal Penal]]

Revisión del 14:41 10 may 2022

El Artículo 18 de la Constitución Nacional establece las principales Garantías constitucionales Se trata de garantías constitucionales del proceso penal.

  • Está prohibido que un habitante:

• reciba una pena sin un juicio previo. El juicio debe basarse en una ley anterior al delito

• sea juzgado por comisiones especiales

• sea juzgado por jueces que por ley no le corresponden.


  • Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo.
  • Nadie puede ser arrestado sin una orden escrita de la autoridad.
  • La defensa en juicio de la persona y de los derechos es inviolable.
  • El domicilio es inviolable. También la correspondencia y los papeles privados. La ley dice en qué casos se puede hacer un allanamiento.
  • Están prohibidos la pena de muerte por causas políticas y las torturas.
  • Las cárceles de la Nación son limpias y para seguridad y no para castigo de los presos.


Estas garantías fueron muy estudiadas por la doctrina, que les puso, los siguientes nombres:

  • Juicio previo
  • Ley anterior al hecho del proceso
  • Derecho al juez natural
  • Derecho a la jurisdicción
  • Debido proceso
  • Defensa en juicio
  • Derecho a no declarar contra sí mismo
  • Inviolabilidad del domicilio
  • Prohibición de torturas


Luego el artículo 43 establece algunas garantías constitucionales nuevas: Acción de amparo – Habeas data – Habeas corpus

  • Toda persona puede presentar acción de amparo:

 si no existe otro medio judicial mejor

 contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares

 que en forma actual o inminente

 lesione o amenace

 con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta

 derechos y garantías que surgen de la Constitución, un tratado o una ley.


El juez puede declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se basa el acto u omisión denunciada.

Se puede presentar esta acción:

 contra la discriminación

 en relación a los derechos que protegen al ambiente

 en defensa de la competencia

 por los derechos de usuario y al consumidor

 por derechos de incidencia colectiva


La acción la puede presentar:

 el afectado

 el defensor del pueblo

 asociaciones de defensa de derechos


  • Toda persona puede presentar esta acción para saber sobre sus datos en bancos de datos públicos o privados destinados a dar informes, y la finalidad de esa información.

En caso de falsedad o discriminación, puede exigir que borren o corrijan los datos.

No se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.


  • La acción de hábeas corpus se presenta cuando el derecho afectado o amenazado es:

 la libertad física

 el agravamiento ilegítimo en la detención

 la desaparición forzada de personas


La puede presentar el afectado o cualquiera en su favor.


El juez resuelve de inmediato, aun durante un estado de sitio.

Doctrina Vinculada

Las Garantías constitucionales del proceso penal. María Florencia Catanese [1]

SAIJ [2]

Jurisprudencia Vinculada

LEIVA GABRIEL S.D HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA E.P BUSTAMANTE LUCIANA s/ APELACION - 11 de Febrero de 2008 - CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO [3]

VILLALBA, VICTOR ALFREDO Y OTRO s/ INCIDENTE DE EXIMICION DE PRISION - 7 de Septiembre de 2000 - CAMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO [4]

Barrionuevo, Rubén Antonio y otro s/ Tentativa de robo calificado - 13 de Marzo de 2002 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES [5]