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Medida cautelar decretada judicialmente para asegurar que una sentencia favorable al que la pide pueda hacerse efectiva; consiste en la indisponibilidad de determinados bienes. Puede ser ejecutivo (retención o apoderamiento de los bienes del deudor en procedimiento ejecutivo a fin de satisfacer la obligación incumplida) o preventivo (medida procesal precautoria de carácter patrimonial que, a instancia del acreedor, puede decretar un juez o tribunal sobre los bienes del deudor o demandado).