Ejecución del deudor

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La ejecución del deudor es el embargo de los bienes del deudor moroso para su venta; luego, con lo producido de la venta, el acreedor cobra su deuda. [1]

La ejecución del deudor consiste en el ejercicio de los poderes del acreedor, o de la masa de acreedores, respecto del patrimonio de aquel, para obtener forzadamente el objeto debido, o la indemnización.

Puede ser ejecución individual, cuando el acreedor singular encara a su deudor en su propio interés y puede ser ejecución colectiva (concurso civil o quiebra) cuando actúa la masa o conjunto de acreedores, respecto del deudor insolvente. [2]


Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. [2]


Referencias

Poder Judicial de Salta [1] [2]