Diferencia entre revisiones de «Dolo»

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En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [2]
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En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico (por ejemplo un contrato) por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [2]
  
En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito.
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En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito, es saber lo que se está haciendo y querer hacerlo, asumiendo los resultados que puedan surgir de ese actuar.
  
  

Revisión del 17:01 2 oct 2017

En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico (por ejemplo un contrato) por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [2]

En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito, es saber lo que se está haciendo y querer hacerlo, asumiendo los resultados que puedan surgir de ese actuar.


Engaño, fraude, simulación. (Derecho Civil) tiene tres significados: es un engaño para celebrar un acto jurídico, es la intención de no cumplir un contrato y es también la intención de dañar (delito). En Derecho Penal es el deseo o intención de cometer el delito. [1]

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. [1]

Referencias

Poder Judicial de Salta [1]

Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 271 y sgtes. [2]