Diferencia entre revisiones de «Documentos a la vista»

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Se dice de la compraventa cuyo precio se paga mediante la entrega de la cosa. Así se denomina la letra de cambio cuando debe pagarse a su presentación. Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento.
 
Se dice de la compraventa cuyo precio se paga mediante la entrega de la cosa. Así se denomina la letra de cambio cuando debe pagarse a su presentación. Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento.
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''La expresión a la vista significa disponibilidad inmediata o sin demora.''
  
 
==Fuente==
 
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Legislatura de la provincia de La Rioja.
 
Legislatura de la provincia de La Rioja.
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==Fuente 2==
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Derecho Fácil - SAIJ
  
 
Diccionario Jurídico Elemental [[https://legislaturalarioja.gob.ar/documentos/diccionario-glosario.pdf]]
 
Diccionario Jurídico Elemental [[https://legislaturalarioja.gob.ar/documentos/diccionario-glosario.pdf]]

Revisión actual del 17:14 22 abr 2024

Se dice de la compraventa cuyo precio se paga mediante la entrega de la cosa. Así se denomina la letra de cambio cuando debe pagarse a su presentación. Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento.

La expresión a la vista significa disponibilidad inmediata o sin demora.

Fuente

Legislatura de la provincia de La Rioja.

Fuente 2

Derecho Fácil - SAIJ

Diccionario Jurídico Elemental [[1]]

Doctrina relacionada

SAIJ. Pagaré a la vista por Florencio Liberatori [2]