Colegio Electoral

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El colegio electoral es el cuerpo encargado de elegir a un determinado representante político mediante el sistema de sufragio indirecto.

En el sistema de sufragio indirecto los votantes no eligen directamente al candidato sino a electores, que a su vez tienen la misión de elegir al candidato. Una vez elegidos los electores deben formar un Colegio electoral para proceder a votar, con el fin de determinar cuál será en definitiva el candidato electo.

En algunas legislaciones los electores están obligados a votar por el candidato del partido que representan, pero en otras no. Es posible incluso, como sucede en Estados Unidos que en un mismo colegio electoral convivan ambos tipos de electores.

Usualmente la votación se produce tras negociaciones y deliberaciones por las cuales los partidos minoritarios buscan acuerdos a cambio de apoyar una u otra candidatura.

La forma de elegir a los electores de cada estado puede variar desde un sistema de mayoría, en el que todos los electores corresponden al partido ganador (como es el caso en Estados Unidos); un sistema de mayoría y minoría, en el que los electores se dividen entre la primera y segunda minorías; o un sistema de representación proporcional.

En Argentina, antes de la Reforma de la Constitución de 1994, hasta la elección presidencial de 1989 inclusive, los colegios electorales se reunían en la Capital Federal y la capital de cada provincia, de modo tal que el colegio electoral nunca llegaba a reunirse en un solo cuerpo, sino que actuaban por Provincias de Argentina, y los resultados eran luego comunicados a la autoridad federal.

En general las mayorías que se forman en el colegio electoral no coinciden exactamente con las mayorías formadas por el voto de los ciudadanos. Esta diferencia abre la posibilidad de que un colegio electoral elija a un candidato diferente del que resultó más votado en la elección popular, como de hecho ocurrió en 5 ocasiones en Estados Unidos en las elecciones de 1824, 1876, 1888, 2000 y 2016.

Fuente

Wikipedia [1]