Diferencia entre revisiones de «Ciberacoso»

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Es el acoso sexual hecho por un adulto a un niño, niña o adolescente por medio de Internet o de un teléfono.
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El ciberacoso es un sinónimo del [[Grooming]].
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Es el acoso sexual que realiza un adulto hacia un niño, niña o adolescente por medio de Internet o de un teléfono.
  
Violencia a través de las TICs . Acción de llevar a cabo amenazas, hostigamiento o humillación a una persona por medio de la tecnología electrónica.[1]
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El ciberacoso puede incluir amenazas, hostigamiento, humillación u otro tipo de violencia.
  
== Referencias ==
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Es un delito incorporado al Código Penal en el artículo 131.
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Se castiga con prisión de 6 meses a 4 años.
  
''Diccionario Paidós de Bullying y Ciberbullying''. María Antonia Osés. Editorial Paidós.[1]
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El Equipo Niñ@s
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es un equipo especializado en el delito de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en sus diferentes modalidades. Asisten y acompañan a las víctimas y sus familias en el proceso de denuncia.
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Cómo ayudar a la víctima
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*No retarlos: evitá retar a los niños por haberse contactado con desconocidos a través de la Web y haberles dado información íntima. Recordá que los niños siempre son víctimas y que los abusadores son especialistas en conseguir lo que buscan.
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*No avergonzarlos: evitá que tengan vergüenza o culpa. Esos sentimientos no los ayudan y hacen más fuerte al abusador frente a ellos, porque podrá extorsionarlos. El abusador puede usar la vergüenza que siente el niño o la niña para decirle que no cuente nada de lo sucedido.
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*Dialogar: El adulto debe acompañar, contener y orientar a los niños en estas situaciones. Es necesario acompañarlos de la mejor manera en una situación que es angustiante.
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*Pedir asesoramiento: comunicate con la línea 137
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*Denunciar.
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== Fuente ==
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Diccionario Paidós de Bullying y Ciberbullying''. María Antonia Osés. Editorial Paidós.
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Ley Simple [https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/ciberacoso]
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=Jurisprudencia Vinculada=
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Ver [[Grooming]]
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=Doctrina Vinculada=
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Ver [[Grooming]]
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[[Categoría:Penal]]

Revisión actual del 12:18 29 mar 2022

El ciberacoso es un sinónimo del Grooming. Es el acoso sexual que realiza un adulto hacia un niño, niña o adolescente por medio de Internet o de un teléfono.

El ciberacoso puede incluir amenazas, hostigamiento, humillación u otro tipo de violencia.

Es un delito incorporado al Código Penal en el artículo 131. Se castiga con prisión de 6 meses a 4 años.

El Equipo Niñ@s es un equipo especializado en el delito de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en sus diferentes modalidades. Asisten y acompañan a las víctimas y sus familias en el proceso de denuncia.

Cómo ayudar a la víctima

  • No retarlos: evitá retar a los niños por haberse contactado con desconocidos a través de la Web y haberles dado información íntima. Recordá que los niños siempre son víctimas y que los abusadores son especialistas en conseguir lo que buscan.
  • No avergonzarlos: evitá que tengan vergüenza o culpa. Esos sentimientos no los ayudan y hacen más fuerte al abusador frente a ellos, porque podrá extorsionarlos. El abusador puede usar la vergüenza que siente el niño o la niña para decirle que no cuente nada de lo sucedido.
  • Dialogar: El adulto debe acompañar, contener y orientar a los niños en estas situaciones. Es necesario acompañarlos de la mejor manera en una situación que es angustiante.
  • Pedir asesoramiento: comunicate con la línea 137
  • Denunciar.

Fuente

Diccionario Paidós de Bullying y Ciberbullying. María Antonia Osés. Editorial Paidós.

Ley Simple [1]

Jurisprudencia Vinculada

Ver Grooming

Doctrina Vinculada

Ver Grooming