Agencia Nacional de Materiales Controlados

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La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) trabaja para construir una sociedad más pacífica. En ese cometido, lleva adelante políticas de desarme de la sociedad civil y tiene la misión de registrar, fiscalizar y controlar toda actividad vinculada con armas de fuego, explosivos y otros materiales controlados.

Como Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) creada por la Ley 27.192 [1], es un ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.

La misión de la Agencia Nacional de Materiales Controlados es:

Aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20.429, [2] así como la cooperación en el desarrollo de una política criminal en la materia, el desarrollo e implementación de políticas de prevención de la violencia armada y todas aquellas funciones asignadas por dicha ley de creación.

Las funciones de la Agencia Nacional de Materiales Controlados son:

1- Registrar, autorizar, controlar y fiscalizar toda actividad vinculada a la fabricación, comercialización, adquisición, transferencia, traslado, tenencia, portación, uso, entrega, resguardo, destrucción, introducción, salida, importación, tránsito, exportación, secuestros, incautaciones y decomisos; realizada con armas de fuego, municiones, pólvoras, explosivos y afines, materiales de usos especiales, y otros materiales controlados, sus usuarios, las instalaciones fabriles, de almacenamiento, guarda y comercialización; conforme las clasificaciones de materiales controlados vigentes, dentro del territorio nacional, con la sola exclusión del armamento perteneciente a las fuerzas armadas.

2- Administrar el Banco Nacional de Materiales Controlados y la red de depósitos que formen parte de él.

3- Efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes 20.429, 25.938, 26.216.

4- Determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados, garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

5- Llevar un registro único de información. Conformar y mantener actualizado un banco nacional informatizado de datos.

6- Realizar programas de concientización y sensibilización sobre desarme y control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad, que promuevan la cultura de la no violencia y la resolución pacífica de los conflictos.

7- Realizar campañas de regularización de la situación registral de las personas que tengan bajo su poder armas de fuego, de los materiales controlados y de las actividades relacionadas.

8- Organizar y dictar cursos y seminarios de formación a técnicos y funcionarios cuyo desempeño se vincule con la materia. Asimismo, capacitar a las organizaciones de la sociedad civil, universidades, organizaciones territoriales, barriales, medios de prensa, nacionales o internacionales.

9- Establecer sistemas de control ciudadano para las autorizaciones que otorgamos, contemplando especialmente mecanismos que contribuyan a la prevención de la violencia de género.

10- Llevar adelante políticas de intercambio de información respecto de la normativa y los procesos con organismos extranjeros dentro del marco de la cooperación internacional.

11- Realizar programas de investigación sobre el mercado de armas, su uso y sus consecuencias, que puedan ser relevantes para la adopción de políticas estratégicas.

12- Evaluar y analizar la efectividad de las normas técnicas y legales, y realizar propuestas de modificaciones a los órganos correspondientes.

Fuente

ANMaC [3]