Diferencia entre revisiones de «Abogado del niño»

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El Abogado del Niño se relaciona con el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta en todas las cuestiones que lo involucren o afecten en sede judicial, administrativa, escolar o familiar, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
 
El Abogado del Niño se relaciona con el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta en todas las cuestiones que lo involucren o afecten en sede judicial, administrativa, escolar o familiar, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
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Revisión actual del 20:15 27 may 2021

El Abogado del Niño se relaciona con el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta en todas las cuestiones que lo involucren o afecten en sede judicial, administrativa, escolar o familiar, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño (1989).

Profesional que asiste a niños, niñas o adolescentes en procedimientos judiciales y administrativos.

Fuentes

“Glosario de términos referidos al Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2016”. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Referencias

Dirección de Políticas Públicas e Investigación. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [1]