Diferencia entre revisiones de «A posteriori»

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Es lo contrario de a priori (v.). Loc. lat. que se aplica a las argumentaciones o juicios basados en las necesarias consecuencias de una proposición anterior. En sentido temporal: con posterioridad, después, ulteriormente.
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Es lo contrario de [[A priori]].  
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Locución latina que se aplica a los argumentos o juicios basados en las necesarias consecuencias de una proposición anterior. En sentido temporal: con posterioridad, después, ulteriormente.
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''Es una expresión latina que significa "después de".''
  
 
==Fuente==
 
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Legislatura de la provincia de La Rioja
 
Legislatura de la provincia de La Rioja
  
==Referencia==
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==Fuente 2==
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Derecho fácil - SAIJ
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Diccionario Jurídico Elemental [[https://legislaturalarioja.gob.ar/documentos/diccionario-glosario.pdf]]
 
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[[Categoría:Civil y Comercial]]
 
[[Categoría:Civil y Comercial]]

Revisión actual del 17:14 23 abr 2024

Es lo contrario de A priori. Locución latina que se aplica a los argumentos o juicios basados en las necesarias consecuencias de una proposición anterior. En sentido temporal: con posterioridad, después, ulteriormente.

Es una expresión latina que significa "después de".

Fuente

Legislatura de la provincia de La Rioja

Fuente 2

Derecho fácil - SAIJ

Diccionario Jurídico Elemental [[1]]